En obras de reforma, para la nueva implantación de ascensores en edificios existentes, y debido al escaso espacio disponible en la mayoría de las ocasiones, cada vez se presentan diseños de escaleras más complejos. Estas escaleras, a caballo entre las de trazado recto y el curvo, denominadas compensadas, no aparecen diferenciadas ni definidas en el DB SUA 1 de manera precisa. En el apartado 4.2 que refiere a los tramos curvos de esta manera:
“3. En tramos curvos, la huella medirá 28 cm, como mínimo, a una distancia de 50 cm del borde interior y 44 cm, como máximo, en el borde exterior (véase figura 4.3). Además, se cumplirá la relación indicada en el punto 1 anterior a 50 cm de ambos extremos. La dimensión de toda huella se medirá, en cada peldaño, según la dirección de la marcha.”
Adjunto dos dibujos en formato pdf en los que se interpreta de manera diferente la forma de medir la huella en los denominados tramos curvos (creo que en este caso serían compensados), una sigue el trazado de manera “continua” (archivo denominado “escalcurvas-general”) y otro en el que la medición se realiza peldaño por peldaño y perpendicular en cada uno (archivo “Trazado de escalera curva 01”), esta última produce unos peldaños de mayor dimensión en ambas zonas de medición.
¿Cuál de las dos formas de medir los peldaños es la correcta?
Respuesta
El segundo criterio, es decir, la medición de la huella según la perpendicular al peldaño anterior, fue el criterio mantenido por este Ministerio tiempo atrás. Véase resumen de consultas sobre la NBE CPI/96 publicado con fecha 7/9/2004:
Posteriormente se consideró que dicha forma de medir la huella (también en tramos rectos con peldaños oblicuos al eje de la escalera) era contradictoria con la forma en la que realmente se coloca el pie sobre ella, la cual es según la dirección de la marcha, es decir, paralelamente al eje de la escalera. Y esto es lo que se establece en SUA 1-4.2.1 punto 3.